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¿Placas y licencia para scooters y bicicletas en CDMX?
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- Category: Megalópolis
- Publicado: 05 Septiembre 2026
- Escrito por Redacción

El Gobierno de la Ciudad de México y la Secretaría de Movilidad (Semovi) confirmaron que los usuarios de scooters (monopatines) y bicicletas eléctricas deberán dar de alta sus unidades para circular conforme a la nueva regulación de movilidad. La medida exige el trámite de placas, tarjeta de circulación y licencia de conducir, dependiendo de la potencia y características del vehículo.
¿Qué vehículos entran en la regulación?
La normativa divide las unidades eléctricas en dos categorías principales:
- Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE): Cuentan con motores de entre 250 W y 1 kW, superan los 25 km/h y poseen acelerador independiente. Estos modelos requerirán obligatoriamente placas, tarjeta de circulación y licencia de conducir Tipo A1 o A2.
- Vehículos Eléctricos Personales (VEP): Tienen motores menores a 250 W y no superan los 25 km/h. En este caso, solo deberán portar el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME) expedido por la autoridad, sin exigir licencia de conducir.
Nota: Las bicicletas con pedaleo asistido básico (motor menor a 250 W) y los monopatines de tracción puramente humana no requieren placas ni licencia, aunque estos últimos deberán solicitar un holograma de registro.
Costos del trámite
- Placas / Registro: $355 MXN.
- Licencia de conducir: Tipo A1 por $572 MXN o Tipo A2 por $1,142 MXN (para conductores de VEMEPE).
El trámite inicia de forma digital a través de la Ventanilla Unica de la Semovi utilizando la cuenta Llave CDMX, para posteriormente concluir de manera presencial en un Módulo de Control Vehicular tras validar la documentación (identificación, comprobante de domicilio y factura o manifiesto de propiedad).
Fechas límite y sanciones
Para quienes hayan adquirido su vehículo antes del 1 de julio de 2026, la fecha límite para regularizarse es el 20 de noviembre de 2026. Las unidades compradas después de esa fecha deberán entregarse emplacadas desde el punto de venta por el distribuidor.
Las autoridades informaron que durante el periodo de transición solo se emitirán amonestaciones verbales. Sin embargo, tras el vencimiento del plazo comenzarán las sanciones económicas:
- Sin placas o sin licencia: Multas desde 10 UMA (aprox. $1,130 MXN) que pueden escalar hasta 20 UMA por reincidencia.
- Circular sin casco, por banquetas, ciclovías o carriles exclusivos: Multas de hasta 30 UMA (aprox. $3,394 MXN).
- Reincidencias graves o conducir bajo efectos de sustancias: Derivarán en el envío del vehículo al depósito (corralón) o su inmovilización.